Carácter privativo o ganancial de una finca rustica

Si mi padre heredo dos fincas ruticas en 1960 en estado de soltero, al año siguiente, 1961, se casa en régimen de gananciales, y posteriormente en 1967 AGRUPA LAS DOS FINCAS FORMANDO UNA NUEVA FINCA, saber si esa nueva finca tiene caracter ganancial o privativo.

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Privativa sin ninguna duda

La nueva finca es fruto de la agrupación de dos fincas privativas.

Art. 1.346 código civil

Los que adquiera después por título gratuito.

Los adquiridos a costa o en sustitución de bienes privativos.

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