Cambio de titularidad en una cuenta de ahorros

Tengo una duda que me invade a todas horas.

Resulta que tenia una cuenta de ahorros en un banco en el cual yo era titular y mi novia autorizada. La semana pasada he abierto otra cuenta a la que estoy pasando todo el dinero del otro banco poco a poco. El tema es que en esta nueva cuenta he puesto a mi novia también como titular, aunque ella no tiene ingresos en esta cuenta. ¿Mi pregunta es que si este cambio podría llevar alguna repercusión con hacienda o si se podría considerar donación hacia mi novia o algo por el estilo y si es así como podría solucionarlo?.

1 Respuesta

Respuesta
1

Como bien dices tiene implicaciones fiscales, tu novia hasta ahora era autorizada y ahora en la nueva cuenta es propietaria, el 50% de los rendimientos que produzcan los saldos de citada cuenta tendrá que tributarlos tu novia así mismo tu novia es la propietaria del 50% de los saldos de esa cuenta a efectos fiscales, en cuanto al tema de la donación, técnicamente así es, pero tambien depende del saldo de citada cuenta, lo más adecuado es mantener a tu novia como autorizada mientras no cambie vuestro estado civil, no obstante para precisar esta última parte de mi respuesta tengo que conocer de que saldo estamos hablanco, si no quiere indicarlo por esta vía, te facilito mi e-mail: [email protected]. Saludos

¿Por qué depende del saldo?. De momento solo he transferido 5500 euros. ¿Pasaría algo por estos 10 días en los cuales estamos los dos de titulares?. ¿Cambiaría algo el hecho de que tenemos un hijo en común?. ¿También he de decir que nos vamos a casar este verano? Muchísimas gracias por contestar

No cambies nada, si os vais a casar este verano y además tenéis un hijo en común no pasa nada, por otra parte por el saldo que me indicas y además es una cuenta doméstica, es decir se ingresa tu nómina y tambien habrá recibos domiciliados, etc., depende del saldo porque imagina que en lugar de 6/8.000 euros de saldo son 60.000 si incorporas en la cuenta a tu novia le estas donando la mitad de citado saldo y podías verte en la necesidad de liquidar impuesto de donaciones, si te vas a casar, imagino que en regimen de gananciales, no hay problema. Tiene mucho que ver el importe. Saludos. Y enhorabuena

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas