Devolver fianza al inquilino nada más empezar el contrato de arrendamiento

Tengo un apartamento en arrendamiento por un año en la provincia de A Coruña. El caso es que a los 3 días de firmar el contrato me dicen que no se encuentran a gusto, me dan excusas.

El apartamento esta en perfectas conducciones de habitabilidad, además ellos ya lo habían visto.

Me han pagado dos mensualidades, una del mes por adelantado y otra de fianza. El caso es que una mensualidad yo tube que abonarla en la inmobiliaria por buscarme inquilino. La pregunta es. ¿Puedo quedarme con la totalidad de la fianza por no cumplir el contrato? ¿Puedo exigirle el cumplimiento de contrato?

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Repase el contrato que firmó con la inmobiliaria (además mire si va a tener exclusividad durante un tiempo aunque este inquilino se marche), y repase el que firmó con el inquilino (que se dice sobre el destino del mes de fianza (por si acaso no paga un mes) y del mes de fianza (para los daños que pueda ocasionar el inquilino), además dirá algo sobre incumplimiento (seguramente redactó la mobiliaria el contrato)

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Si se trata de arrendamiento para uso de vivienda, el inquilino NO PUEDE desistir hasta pasados seis meses.

Así que, si usted acepta que se vayan por una cantidad menor, ellos deberían estar encantados.

Si se trata de arrendamiento para uso distinto de vivienda, el inquilino NO PUEDE DESISTIR. Ha de cumplir la totalidad del contrato.

Así que, si usted acepta que se vayan por una cantidad menor, ellos deberían estar encantados.

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