Viuda con separación de bienes, sin hijos y suegros fallecidos, ¿Tiene algún derecho sobre la herencia la abuela?

Mi esposo ha fallecido hace 6 meses y no tenemos hijos. Él era hijo único y sus padres fallecieron cuando aún éramos novios. Le dejaron 2 pisos (que puso a su nombre) y dinero (con el que compró un coche que ahora tiene 4 años). A una vivienda nos fuimos a vivir y la otra la alquiló y la renta iba a una cuenta a su nombre. Nos casamos por separación de bienes, ya que mis padres también poseen patrimonio y así lo decidimos ambos. Mi situación económica es desahogada, pues trabajo y dispongo de ahorros.

Sólo existen familiares por parte de mi suegra: 3 hermanas con respectivos hijos y la madre, es decir, la abuela de mi marido. Pues bien, a pesar que mi relación con ellas era excelente, ahora éstas me reclaman los 2 pisos que heredó mi marido de sus padres al fallecer éstos, dicen que le corresponden a la abuela al ser ascendiente directa y no a mí porque estábamos casados en separación de bienes. Los pisos los compraron mis suegros estando casados. La abuela le dió a mi suegra algún dinero para ayudarla, pero la mayor parte lo puso mi suegro (por si sirve de algo la información).

Al fallecer mi marido sin testamento, ¿los pisos le corresponden a la abuela, como dicen ellos?. Del dinero no me han dicho nada, pero ¿también le corresponde una parte?

Estoy que no me lo creo, hace unos meses nuestras vidas eran perfectas y ahora la que consideraba mi familia, me echa en cara que me quiero quedar con todo. No es así, me casé en separación de bienes por lo mismo, y si a ellos les corresponden los pisos, pues para ellos, que yo me gano la vida con mi trabajo.

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Que estuvieran casados en separación de bienes o no es irrelevante, lo que cuenta es la legislación a aplicar y es distinta según comunidades autónomas. En algunas habría heredado usted y en otras la abuela de su marido.

Si estuvieran en Cataluña o en el País Vasco, la heredera sería usted, pero en el resto de comunidades es la abuela.

En caso de que la heredera sea la abuela usted tiene derecho al usufructo de la mitad de la herencia, excepto si está en Aragón, que tendría el usufructo de todo, o en Baleares que tendría el usufructo de dos tercios.

Muchas gracias por responder. Vivíamos en Madrid desde que nos casamos hace 2 años, allí está uno de los pisos, el otro está en Málaga, que es de donde somos originariamente. Mi marido llevaba viviendo en Madrid 4 años, y yo 2.

Entonces, si está segura que su marido no hizo testamento, la heredera es la abuela, pero usted es la usufructuaria de la mitad de lo que tenía su marido.

No le extrañe que le hayan reclamado. Seguramente la idea no ha salido de la abuela, detrás de elló está la ambición de alguna de sus tías. Le aconsejo que hable con la abuela. Aunque ella sea la dueña, como usted tiene derecho al usufructo de la mitad, han de llegar a un acuerdo, por ejemplo que usted se quede con el usufructo del piso dónde vive y ella el otro.

Muchas gracias por la respuesta, así lo haré

Disculpe la molestia, una duda que me ha surgido. Al tener yo como dice usted, el usufructo de la mitad, y al ser la abuela una persona de edad avanzada, si ésta falleciese, ¿la propiedad pasa a ser de las hijas (tías de mi marido) o ya regresa a mí?

No regresa a usted, pasa a las hijas de su abuela, a menos que la abuela le deje algo en su testamento usted no puede heredar nada, pero tiene el usufructo de la mitad de lo que dejó su marido usted viva.

Sin embargo la ley les permite a ellos intentar recuperar los pisos dándole a usteduna renta vitalicia o un dinero, pero en este caso si usted no acepta tendrían que ir a juicio y atenerse a la sentencia. Si usted es joven les saldría muy caro. Mire lo que dice el Código Civil

"Artículo 839.

Los herederos podrán satisfacer al cónyuge su parte de usufructo, asignándole una renta vitalicia, los productos de determinados bienes, o un capital en efectivo, procediendo de mutuo acuerdo y, en su defecto, por virtud de mandato judicial.

Mientras esto no se realice, estarán afectos todos los bienes de la herencia al pago de la parte de usufructo que corresponda al cónyuge."

Para que se haga una idea, a efectos de impuestos se considera que el usufructo es un porcentaje sobre la herencia, que se obtiene restando la edad del usufructuario de 89 (mínimo 10%) Por ejemplo, si usted tiene 40 años, sería 89-40= 49. Es decir el usufructo se valoraría en un 49%, pero en su caso no sería sobre la totalidad de la herencia sino sobre la mitad, o sea en lugar de 49, sería 24,5%

Ustedes tienen que negociar y llegar a un acuerdo. Habiendo dos pisos y viviendo usted en uno de ellos no creo que le puedan quitar el derecho al usufructo de la vivienda aunque ellos sean propietarios. Además si la tuvieran que compensar en dinero tendrían que darle bastante.

Muchísimas gracias. Me tendrían que dar entonces un 28%, puesto que yo tengo 33 años. La abuela es demasiado mayor, con 91 años no creo que esté metida en estos lios; esto lo están moviendo las hijas, pero vamos, que no me quedará más remedio que contratar un abogado y negociar con ellas. De lo que me dijeron a lo que dice la ley hay una gran diferencia. Lo peor ha sido las malas formas que han tenido.

Gracias de nuevo por todo

Suelo intentar responder para que la gente pueda resolver sus problemas sin necesidad de un abogado, pero en su caso creo que le conviene buscarse uno, sobre todo para que no intenten intimidarla. Como ve, le pueden substituir el usufructo por una renta vitalicia, pero en su caso creo que le conviene más el usufructo del piso.

El porcentaje, que en su caso efectivamente es un 28%, es una estimación que impone la ley para el cálculo de impuestos, pero no se puede calcular el valor real, porque no se saben los años que usted va a vivir. Yo, en lugar de usted, no me conformaría con eso; l menos no de entrada. Fíjese que el dinero en efectivo tiene que ser de común acuerdo y si no hay acuerdo pueden pedir mandato judicial, pero tal vez no se atrevan a tanto y es posible que no les saliera como ellas pretenden porque me extrañaría que, habiendo otro piso el juez la desalojara de su piso.

No se lo que hará la abuela, pero también podría hacer testamento y dejarle a usted algo, aunque me temo que sus hijas la manipulan, pero tenga claro que mientras la abuela viva, las otras no pintan nada.

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