¿Puede mi padre poner propiedades a nombre de una sola hija para que al momento de heredar sea la mayor beneficiaria ella?

La preocupación surge del temor a que en el momento de el fallecer herede todo mi hermana dejando sin derecho a la herencia o con un mínimo de propiedades a los demás hijos. Cabe destacar que yo soy hermana de misma madre y mismo padre, en cambio el resto de los hermanos (3) son hijos extra matrimoniales.

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Una persona en vida y con el juicio de razón necesario, puede vender, donar sus propiedades a quien tenga por conveniente. No tiene ningún impedimento legal para hacer con sus bienes lo que quiera.

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Es cierto que puede donar a quien quiera, pero no en fraude de legítimas. La legislación a aplicar depende de la comunidad autónoma, pero en general no se puede hacer desaparecer la herencia de los hijos de esta forma. Los hijos tiene derecho, al menos a la legítima estricta y para calcularla no se tienen en cuenta los bienes que se dejan al fallecer, sino que al valor de dichos bienes hay que agregarle el valor de las donaciones realizadas por el difunto en vida.

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