¿Qué problemas nos causaría, si unos de mis hermanos tiene deudas con la herencia de mi madre?

Mi suegra deja hecho testamento para 8 hermanos, dos de ellos hace aproximada 15 años acumularon deudas, de prestamos y además creemos que uno tiene deudas también con la seguridad social, de estos dos uno a fallecido pero esta en el testamento, pero tiene dos hijos, los cuales tuvieron que renunciar ha la herencia de su padre, por que eran todo deudas, ¿mis sobrinos pueden coger la parte de su padre? ¿Tendrían algún tipo de problema si aceptan la herencia de su abuela por parte de su padre? Y el resto de hermanos que problemas pueden tener con las deudas de los dos hermanos, ¿al percibir la herencia de su madre?, recordarle que uno de ellos a fallecido y los hijos no están en el testamento esta el .

1 respuesta

Respuesta

Los hijos del fallecido pueden heredar la parte de su padre sin problemas, porque los muertos no existen y no pueden heredar. Al no existir su padre, heredan de la abuela. Que renunciaran a la herencia de su padre, no implica que lo hagan a la de la abuela, sencillamente porque al estar ella todavia viva al morir su padre, la herencia de la abuela no existia. Además, excepto en alguna comunidad autónoma, en general la ley prohibe renunciar a herencias futuras que aun no existen.

El hermano que también tiene deudas si que tiene que responder de ellas cuando herede de su madre y no puede renunciar a la herencia, porque eso se llama fraude de acreedores y la ley dispone que en ese caso, si él renúncia a la herencia, la pueden aceptar sus acreedores por él, pero solo hasta llegar a satisfacer la deuda. Sin embargo, su madre no está obligada a dejarle a este hijo más que la legítima estricta y eso es lo que conviene hacer, porque si le deja más, se lo llevarán los acreedores.

Los demás hermanos solo podéis tener problemas con la parte del hermano que aún vive.

Si la madre aún vive, lo más aconsejable seria que la madre le dejara la legítima estricta, especificando que debe recibirla en dinero. De esta manera si los acreedores se echan sobre él, podéis contar la herencia y los demás hermanos podéis comprar su parte reuniendo el dinero entre todos. Vosotros no tenési porque daros por enterados de si tiene deudas y si las ha pagado o no, os limitais a pagarle su parte de la herencia, cuidandoos mucho de que se legalice el reparto en la notaría y que quede constancia de que le habéis pagado. Luego ya se apañará él con sus acreedores y si les da el dinero o no.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas