Levantamiento embargo por ya estar practicando uno

A raíz de realizar la dación en pago de nuestra vivienda hemos recibido embargo en nómina por los impuestos municipales que había pendientes. Después de esto hemos recibido otro embargo por Ejecución de Títulos Judiciales, me pregunta es, ¿se pueden realizar estos dos embargos a la vez u habiendo ya un embargo por parte de la administración local también se puede realizar otro por judicial? Si la respuesta fuese que no se pueden realizar me gustaría me aportasen escrito al juzgado para realizar el levantamiento del mismo hasta que el de la administración local terminase.

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Respuesta

Le pueden embargar simultáneamente cuantos acreedores tenga, pues el derecho al cobro no depende de que el demandado tenga otras deudas, sino que es autónomo por cada una de ellas. Por lo tanto, sea cual sea la autoridad que ordene el embargo (administrativa o judicial) pueden encadenarse en sus bienes uno tras otro. Si se trata del salario, han de respetarle 700 euros como mínimo, correspondientes al Salario Mínimo Interprofesional. Los demás activos se los pueden embargar implacable y simultáneamente.

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