Embarazo mellizos baja laboral por riesgo

Estoy embarazada de mellizos, habiendo tenido una perdida anterior a éste. Mi convenio es Artes Gráficas y trabajo sentada de 9 a 17. ¿Podría pedirme la baja por embarazo de alto riesgo cobrando el 100% de mi sueldo? ¿De qué depende que me lo acepten y como se tramita?

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De la concesión de la baja por riesgo en el embarazo se encarga la mutua de tu empresa, por lo que tienes que solicitarla directamente a ellos y en conjunto con el servicio de prevención, analizarán el puesto de trabajo y los posibles riesgos para el embarazo. En caso de ser necesario, te la concederán a partir de una semana determinada.

Ponte en contacto con ellos y te indicarán los documentos necesarios que debes aportar.

Respuesta

Se considera situación protegida a efectos de la prestación económica por riesgo durante el embarazo la suspensión del contrato, con reserva de puesto de trabajo, cuando la trabajadora debiendo cambiar de puesto de trabajo no sea técnica u objetivamente posible, o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados

Se solicita ante la mutua de accidentes. El puesto de trabajo que desarrollas debe ser calificado como de riesgo para el embarazo por el técnico en prevención y emitir informe al respecto.

Las mutuas de accidentes mantienen unas tablas por actividades de según que riesgo corra la mujer trabajadora, así se adelanta o se atrasa dicho derecho. Por poner un ejemplo en trabajos de oficina se estipula riesgo en la semana 37 o 38 prácticamente acabando la gestación.

Si el puesto de trabajo conlleva exposición a agentes tóxicos o insalubres, o bien circunstancias excepcionales con respecto a la salud del feto, puede adelantarse su petición.

Pero los demás casos se derivan a Enfermedad Común con el 60% y el 75% de la Base de Cotización como cobro mensual. (Baja medica)

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