Plazo de descuento por vivienda del causante.
Hace nueve años recibí una herencia de mi madre en Málaga. Como salió a pagar mucho solicité el descuento por vivienda habitual del causante cuya condición era no venderla en el plazo de diez años. La duda que tengo es de la fecha a partir de la cual se cuenta ese plazo, ¿fecha de fallecimiento del causante?, ¿Fecha de aceptación de herencia?, ¿Fecha de presentación de recurso? ¿Fecha de aprobación de recurso?. Y también saber si ese intervalo de nueve años ha habido alguna modificación de la ley que me afecte en ese punto.
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Respuesta de huecha
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