Por una negligencia me han derivado mi nave

Estaban haciendo obras al lado de mi nave y se le a venido voy a tener que cesar mi actividades (ferralla y construcción) me pertenece algo por ello? ¿También tengo que hacerme cargo del derribo y de la seguridad ayi eso me lo pagan? Se puede pedir algún daño y perjuicios por esto

2 Respuestas

Respuesta

No entiendo bien la situación por, o tanto solo puedo transcribirle lo que dice la ley: El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado (CC art. 1902)

Respuesta

Si el daño es importante, búscate un abogado.

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