Mi sociedad va a comprar un inmueble a otra sociedad con exección del IVA.
Mi sociedad va a comprar un inmueble de segunda mano a otra sociedad con exección del IVA. Una vez que me autorepercuta ese IVA en hacienda, ¿Cuánto tiempo tengo para compensar ese IVA con los gastos de mi sociedad? ¿Pasado el tiempo que sea, tengo que pagar ese IVA con algún interés?
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Respuesta de Abogados Edo