Cobro del paro tras excedencia y negativa temporal a incorporación a la empresa

He finalizado una excedencia (30 junio), he pedido reincorporarme a la empresa, pero esta me lo ha denegado temporalmente por no haber actividad laboral en los meses de verano, por lo que en la carta me pone que volveré en septiembre. ¿Tengo derecho a recibir la prestación por desempleo? He leído que sí es posible, pero me gustaría que me adjuntaran el artículo del estatutos de los trabajadores o en la LGSS donde se refleje porque no lo tengo claro.

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En caso de cesar en una empresa habiendo solicitado excedencia voluntaria en otra anterior:

Si el plazo de duración de la excedencia voluntaria ya ha transcurrido cuando solicitas la prestación por desempleo o no está previsto un periodo mínimo de duración de la excedencia concedida, deberás aportar escrito de la empresa en el conste que no puedes reingresar a la misma.

Por cierto, si no has trabajado durante la excedencia, también tienes derecho, ya que te encuentras en situación legal de desempleo, la excedencia no lo era, pero ahora quieres trabajar y así lo has pedido, ya no es voluntaria tu situación.

Lo que si debes aportar es la carta de la empresa negándote la reincorporación, de momento, para que te tramiten la solicitud de desempleo.

muchas gracias, esa misma información tenía yo, pero me han denegado la prestación ( espero que sea por motivos de papeleo, ya que entregué el certificado de empresa días posteriores). Ahora me mandaron la reclamación al servicio jurídico y dicen que tardan máx 45 días. Si a la llegada de la resolución ya estoy trabajando, podría cobrarlo con carácter retroactivo? 

Si claro, una vez resuelto te deben de pagar desde el día que nació el derecho a la percepción hasta el día que te hayas incorporado al nuevo trabajo.

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