Acceso a patio de luces de la comunidad

Acabo de comprar un piso primero con acceso a un patio de luces comunitario desde mi vivienda. Además de este acceso se puede acceder desde el ascensor con llave de modo restringido para la limpieza y administrador de fincas. Los anteriores propietarios accedían al patio sin problemas y además pusieron unas plantas en el mismo y no habían recibido ninguna amonestación por ello por parte de este vecino ni de ningún otro. A mí, que llevo unas pocas semanas viviendo en la casa, me ha trasladado un vecino que vive en el otro primero pero sin acceso al patio que debo quitar dichas plantas, que no debo acceder al patio por la puerta de acceso ni siquiera para tender la ropa porque violento su intimidad y porque ese patio es de todos. Mi pregunta es si estoy obligada a esto, sin abordarlo en junta de propietarios y sin revisar, si los hubiera estatutos de la comunidad, u actas de reuniones con respecto al tema del acceso y uso del patio. ¿Qué establece la ley? Puedo ampararme a algo para defender como derecho adquirido por años anteriores el acceso al patio, respetando la ley y haciendo un uso respetuoso, consciente de que es una propiedad de la comunidad, o es mejor llevar todo esto a junta y acordar el tema para que no sea solo la petición de un vecino (precisamente el actual presidente y principal interesado en cambiar lo que antes no era problemático).

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Sería muy, muy extraño que si su vivienda tiene acceso directo al patio, no tuviera también el uso y disfrute. De origen, entiendo que debería tenerlo. Por tanto, debe constar en la escritura de división horizontal y, muy probablemente, en su escritura de compraventa. Empiece consultando su escritura. Si consta que tiene usted el uso, que el Presidente le diga en qué se basa para decir que no puede usted acceder al patio.

Gracias.en mi escritura he mirado y efectivamente no se menciona nada sobre uso disfrute. Tendría que consultar escritura de división horizontal. Al parecer esa puerta la pusieron propietarios anteriores hace más de 10 anos, presupongo que con autorización de comunidad porque modificar fachada lo requiere

En ese caso, me temo que el asunto ya no es tan simple. Si yo estuviera en su lugar, trataría de verificar si realmente existió esa autorización de la comunidad para abrir el acceso al patio desde su piso. Y lo que es más importante, si se le concedió el uso, que otros vecinos no tienen.

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