Acceso a patio de luces de la comunidad
Acabo de comprar un piso primero con acceso a un patio de luces comunitario desde mi vivienda. Además de este acceso se puede acceder desde el ascensor con llave de modo restringido para la limpieza y administrador de fincas. Los anteriores propietarios accedían al patio sin problemas y además pusieron unas plantas en el mismo y no habían recibido ninguna amonestación por ello por parte de este vecino ni de ningún otro. A mí, que llevo unas pocas semanas viviendo en la casa, me ha trasladado un vecino que vive en el otro primero pero sin acceso al patio que debo quitar dichas plantas, que no debo acceder al patio por la puerta de acceso ni siquiera para tender la ropa porque violento su intimidad y porque ese patio es de todos. Mi pregunta es si estoy obligada a esto, sin abordarlo en junta de propietarios y sin revisar, si los hubiera estatutos de la comunidad, u actas de reuniones con respecto al tema del acceso y uso del patio. ¿Qué establece la ley? Puedo ampararme a algo para defender como derecho adquirido por años anteriores el acceso al patio, respetando la ley y haciendo un uso respetuoso, consciente de que es una propiedad de la comunidad, o es mejor llevar todo esto a junta y acordar el tema para que no sea solo la petición de un vecino (precisamente el actual presidente y principal interesado en cambiar lo que antes no era problemático).