Eso no te lo puedo responder con un si o un no, analicemos los pasos para que vayas preparada.
En primer lugar no tienes derecho a vacaciones, un trabajador/a genera 2.5 días de derechos a vacaciones por mes trabajado, tu has estado este tiempo de excedencia ( aunque no me has dicho cuánto, si ha sido de 4 meses has generado desde primeros de años hasta la excedencia, si no has trabajado nada este año, no has generado nada ). Pero si generarás desde que te incorpores hasta el 31/12, esos días puedes solicitar que te lo den por adelantado, como un favor, no creo que se nieguen, o no deberían humanamente.
Durante la excedencia no generas vacaciones porque no trabajas, eso está claro, pero ¿por qué generarás desde que te incorpores hasta el 31/12 si estas de baja y tampoco trabajaras? Pues porque la excedencia es algo voluntario, pero la IT es ajeno a tu voluntad, no se te puede "responsabilizar" de ello.
En todo caso te podrían decir que... ahora les viene mal, que tienes que avisar con mas tiempo, etc... en ese caso comprueba si la empresa cumple con la normativa respecto a las vacaciones, siempre les puedes decir "que en fin, vosotros tampoco cumplís lo estipulados, no vengamos ahora con..."
Art.38 ET
3. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute.
Mas lo que pueda incorporar tu convenio, algunos ponen que han de ser 30 días ininterrumpidos, y sin embargo la empresa lo parte en 2.
En todo caso, yo siempre apelo al arreglo amistoso y el dialogo.