¿Si un cónyuge fallece el poder notarial pierde efecto?

Al encontrarse mi padre muy enfermo decidieron junto con mi madre otorgarle un poder notarial a mi hermano, el Notario supo de lo delicado de salud de mi padre, quien ya falleció, ahora, al querer realizar los trámites pertinentes, ante tránsito del Estado de Veracruz, un juego de placas que se le quedaran a una hermana se nos dice que dicho poder no tiene ninguna valides, el poder se otorgo precisamente porque los días de mi padre estaben contados

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Lamentablemente lo que te manifestaron es cierto, una vez que el poderdante (persona que te dio poder) fallece, el poder fenece de hecho, es decir ya no tiene validez y lo que pudieses hacer con el, sera tomado como un acto doloso en contra de terceros.

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