¿Es legal abrir huecos de ventilación en una pared medianera?

En un terreno en el que existe una pared medianera el vecino quiere levantar más el muro medianero, hecho que se le ha permitido, pero nos hemos encontrado que al levantar el muro está dejando varias ventanilla/respiradero en la parte superior del tamaño de un bloque, todo ello porque tiene la intención de utilizar la medianera para apoyar un tejado y la otra pared forma parte de su casa por lo que no tiene hueco para hacer respiradero. Mi duda es: ¿Puede dejar esas ventanillas sin que el día de mañana yo quiera cerrar ese lado me lo impida el respiradero? ¿Gana derecho de uso? ¿Cómo afecta que se cierre una estructura apoyando el tejado directamente en la medianera? En cuestión de estética también nos estamos dando cuenta que por nuestro lado está dejando todos los pegotes de cemento sobrante de haber puesto el bloque pero en lo concerniente al lado del vecino no, nosotros aceptamos que el vecino suba la pared siendo él que se haga cargo del coste, ¿pero podemos exigirle ya que lo levanta se ejecute correctamente? Porque estéticamente en nuestro lado lo está dejando horroroso y sabemos que el día de mañana pagando la parte proporcional de elevación del muro podríamos utilizar esa pared medianera.

3 Respuestas

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Legal si es, otra cosa a es si es conveniente dejar que te abran huecos en una pared medianera, ya que cuando pretendas construir te vas a encontrar con la oposición por parte de tu vecino para taparle esos huecos.

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Lo que estás exponiendo en primer lugar acerca de abrir huecos en la pared medianera, independientemente de que sean para ventilación, iluminación o ambos, está contemplado en el código civil y entra dentro de derecho de luces.
El art. 580 deja claro lo siguiente: "Ningún medianero puede sin consentimiento del otro abrir en pared medianera ventana ni hueco alguno". Sin embargo, en este caso si la pared la han levantado ellos es de su propiedad.
En este caso pasamos al art. 581: "El dueño de una pared no medianera, contigua a finca ajena, puede abrir en ella ventanas o huecos para recibir luces a la altura de las carreras, o inmediatos a los techos, y de las dimensiones de 30 centí­metros en cuadro, y, en todo caso, con reja de hierro remetida en la pared y con red de alambre". No obstante, el dueño de la finca o propiedad contigua a la pared en que estuvieren abiertos los huecos podría cerrarlos si adquiere la medianería, y no se hubiera pactado lo contrario.

Otra opción sería que en el futuro hagáis una medianera contigua a la de ellos que ya sería vuestra.
Mi consejo como arquitecto es que en temas de medianerías compartir costes que queden fijados por escrito, haciendo evidente que la medianera es compartida por ambos, puesto que de esta manera estáis dándole pleno derecho de medianería al vecino al permitir que la costee él mismo.

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Estoy de acuerdo con las respuestas, solo que creo recordar que tienes 10 años para levantar vuestra pared sin que vuestro vecino pueda reclamar nada. A partir de esos 10 años, vuestro vecino adquiere derechos y no podríais tapar eso huecos y deberíais dejar espacio para ventilación y luces

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