Preferencia adelantar carril un sentido

Hace unos tres meses tuve un golpe contra un motorista .Yo iba en mi coche .El tema fue, circulando en una calle de un solo sentido y con coches aparcados a ambos lados, iba circulando despacio para proceder a aparcar. Al mirar por los retrovisores, vi una moto detrás mía .En un momento determinado vi un sitio a mi derecha puse intermitente y procedí a aparcar, con la mala suerte que la moto me estaba adelantando y choco contra mi lado derecho, rompiéndome el retrovisor. Fue todo muy rápido .Aparentemente el hombre me dijo que estaba bien que no tenia nada .Termino llevándoselo la ambulancia .

El tema es que el hombre de la moto me decía que era culpa mía, yo le dije que no, que no puede adelantar en una calle de un solo sentido por la derecha y sin espacio. Finalmente tubo que venir la policía local y hacer un atestado. Según mi seguro el atestado no era muy aclaratorio ni resolutorio.

Después de todo esto mi seguro me ha comentado que la culpa es mía y que la hemos aceptado incluso, cosa que no entiendo puesto que el comete la infracción es la moto y no yo .No estando conforme le dije a mi compañía que quería que lo viera el abogado de la compañía y me dicen que si no hay testigos, no hay nada que hacer .Posteriormente he recibido una carta en la cual me tiran de la compañía o básicamente me dicen que no me renuevan.

Aquí lanzo la pregunta :

¿Es normal que cometiendo la infracción la moto, sea yo el culpable?

¿Qué más podría hacer aquí?

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He tenido muchos casos parecidos... siento decirte que poco o nada podrás hacer. La realidad es que tu eres el que cambia la trayectoria, y para hacerlo tienes que asegurarte de que no interfieres en la trayectoria de otro vehículo.

Se pueden poner muchos "peros" como si la vía no tiene ancho suficiente, como que solo hay un carril, que no respeta la distancia al circular en paralelo... pero mi experiencia me dice que perderás el tiempo y el dinero.

Ya, pero insisto en que es una calle de un solo sentido(prohibido adelantar) y sin espacio.Según la norma de circulación esto esta prohibido.Lo que yo no entiendo, es como puede tener más fuerza un convenio entre compañías, que las propias normas de circulación .En fin ya que me entra la defensa jurídica estoy haber si me llama el abogado de la compañía y si no, me buscare uno particular, que también me entra.

Gracias por la contestación, saludos.

De nuevo Luis,

Yo estoy de acuerdo contigo... pero la realidad, normalmente incluso jurídica, suele ser que el que cambia de trayectoria lleva las de perder. El departamento jurídico de la compañía estudiara viabilidad de la reclamación, si no lo ven viable es probable que solo paguen el abogado de libre designación si ganas. De todas formas te agradecería que si lo llevas adelante nos informes de cómo se resuelve, que de los siniestros siempre se aprende algo.

Bueno pues de momento mi abogada de la compañía , me dice que es viable y que vamos para adelante , a juicio .Tres letrados de mi  misma compañía me dan la razón , me dicen que está prohibido adelantar.

En fin no tengo nada que perder , según mi abogada .

Ya os contaré.

Decirte que como sabrás , los convenios entre compañías , no son vinculantes al asegurado y te dejan la opción de denunciar si no estás de acuerdo,  que es lo que voy a hacer yo.

Me alegra que sea así. Cada caso tiene sus particularidades y pequeños detalles pueden marcar la diferencia. Nosotros en los similares que el asegurado ha reclamado no le han dado la razón. Ojalá tengas más suerte, ya que como digo, "pequeños" detalles pueden marcar la diferencia.

Mucha suerte con la reclamación y ya nos contarás cómo acaba ;)

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