Cotitularidad de cuenta bancaria y fallecimiento de un titular

Soy cotitular de una cuenta bancaria junto con mis padres. Cada año en mi declaración de renta figura un tercio de los escasos beneficios de esa cuenta. Mis padres han fallecido y mis hermanos quieren su parte del dinero de esa cuenta. Mi pregunta: ¿Es cómo se hace la división o reparto de ese dinero?. ¿Si yo, como titular, soy dueño de un tercio y los otros dos tercios son los que se dividen entre todos los hijos, incluido yo, o el reparto entre los hijos, yo incluido, debe ser de todo el dinero? Por ejemplo: si en la cuenta hay 900€. ¿Se reparten los 900e entre los tres hijos saliendo cada uno a 300€ o de los 900€ a mi como titular me corresponde un tercio, es decir 300€, y los otros dos tercio, 600€, es lo que se reparte entre los tres hijos?

Respuesta
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Imagino que tus padres te colocaron como cotitular, no porque 1/3 del dinero te correspondiese, sino por si acaso ellos fallecían, si estoy en lo cierto la figura adecuada hubiera sido autorizado en lugar de cotitular, pero bueno, si que a efectos fiscales has tenido que tributar por los rendimientos, pero realmente la propiedad del tercio, no te corresponde, salvo que tus padres te lo hubiesen donado. No obstante lo anterior, indicarte que debéis respetar el testamento de vuestros padres, en caso de que no hayan testado, debeís dirigiros al notario entregándole los partes de defunción, certificado de ultimas voluntades, saldos de las entidades financieras y en su caso títulos de propiedad de fincas rústicas y/o urbanas,, con esta documentación os preparan la escritura de aceptación de herencia, en su caso liquidareis el impuesto correspondiente y a partir de ahí se distribuirá la herencia.

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