Legalidad, viabilidad e impuestos para realizar sorteos vía web dentro de la comunidad de Madrid

Queremos realizar sorteos vía web en la comunidad de Madrid. En estos sorteos nosotros seremos mediadores, habrá un postulante que sorteará un bien o servicio y los participantes de dicho sorteo lo harán aportando dinero por ello.

Por poner un ejemplo: Fulanito sortea su moto y para ello serán necesario que los participantes adquieran unas papeletas que servirán para cubrir varias cosas (montante del que sortea, tasas del juego, impuestos para el que recibe el premio y nuestra comisión de intermediación).

Los participantes deberán registrarse y facilitar sus datos de contacto (teléfono y correo) y sus datos para cobrar la participación (en principio sería dinero retenido que se cobrará cuando se concluyan todas las participaciones para llevar a cabo el sorteo)

La intención es que si, después del tiempo que previamente estimemos en cada caso, no se llega a cubrir todo, no se celebrará el sorteo liberando ese dinero de los participantes.

Tanto el postulante como el ganador del sorteo deberán facilitar sus datos para que todo sea transparente y poder facilitar todo esto a todos los participantes (el sorteo se haría ante notario o similar)

Por lo tanto, la información y pautas a seguir que necesitamos se basa en varias vertientes.

1.- Tratamiento de datos personales a los niveles que le he explicado

2.- Gestiones necesarias para poder realizar los sorteos

3.- Información fiscal de cómo tratar los sorteos en cuanto a las tras partes que componen todo (nosotros, postulante y ganador)

Todo esto guiado por unas bases que deberemos publicar y que deben tocar todos los puntos legales que se tocan en el proceso.

Busco un experto que pueda asesorarnos legalmente especialista en estos temas.

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Lo primero recomendarle se pongan en manos de un abogado que les estudie su caso concreto y les ayude.

En el siguiente enlace, pueden ver algunas de las cuestiones que plantea:

https://www.ordenacionjuego.es/es/rifas-combinaciones-aleatorias 

El principal problema es "Asimismo, los juegos ocasionales o esporádicos no pueden formar parte de la actividad ordinaria de las entidades que los organizan"

En determinados casos, se puede estudiar alguna formula para que la persona que solicita esta rifa sea quien solicite la autorización, y ustedes cobren por esta gestión...

Es un tema complejo y deben asesorarse previamente, para evitar problemas futuros, con un profesional.

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