¿Tengo que darme de alta de autónomo para cobrar la cartera de mi compañía de seguros teniendo en cuenta que dejo la actividad?
Llevo varios años trabajando para una compañía de seguros y ahora dejo la actividad y me apuntaré en el paro pero me queda una cartera de aproximadamente 9.000€ año. ¿En qué concepto me pagan la cartera: como rendimiento del trabajo y debo estar dado de alta como autónomo o como rendimiento de capital inmobiliario y no tengo la obligación de darme de alta de autónomo?
4 respuestas
Respuesta de parrondo
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Respuesta de Carballada Ag. Seguros
Respuesta de Brokadiz Correduria de seguros
Respuesta de Marc Gómez