Divorcio sin liquidación de gananciales y fallecimiento del ex cónyuge

¿Me gustaría saber que ocurre cuando fallece el cónyuge sin haber realizado la liquidación de gananciales tras el divorcio y los herederos no aceptan la herencia? ¿A quién le pertenece la mitad de los bienes del fallecido tras el repudio de la herencia?

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Este es un tema complejo que necesita del estudio de un abogado, las herencias son complejas y este caso más.

Como norma general, al cónyuge separado de hecho no le corresponde el usufructo viudal. Pero si no se ha resuelto la sociedad ganancial, legalmente es propietaria del 50% de los bienes en gananciales, no de los privativos.

Gracias por su respuesta, mi duda es quien se queda con ese 50% (del fallecido) de la sociedad de gananciales si los herederos legales repudian la herencia. Tengo entendido que se la queda el estado y luego habría que reclamarle a el la liquidación de los gananciales.

Si no esta realizada la liquidación de la sociedad de gananciales, la popietaria del 50% es el cónyuge que sigue vivo. No hay nada que heredar de eso...

De la otra parte, primero heredarían los hijos, a falta de estos los padres y a falta de estos los colaterales (hermanos y sobrinos). Los cónyuges separados de hecho no tienen derecho al usufructo viudal.

A falta de herederos, si se lo adjudicaría el estado.

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