Las pensiones no contributivas se pueden embargar por deber algo al banco en préstamo o crédito?

Quiero saber si judicialmente un juez puede embargar mi pensión no contributiva por no haber pagado parte de un préstamo personal a un banco .

Actualmente me he ido a otro banco con mi pensión no contributiva. ¿En todo caso quiero saber si las pensiones no contributivas se pueden embargar?

Respuesta

En todo lo leído, no se diferencia las pensiones en contributivas o no respecto a los embargos, sino en su importe. Se pueden embargar tanto pensiones como nóminas, pero no por debajo del sueldo mínimo interprofesional que actualmente está en 707 ' 70 euros.

Es decir, si su pensión supera esta cantidad si podrá ser embargada en la demasía que sobrepase,( aunque hay una serie de porcentajes, pero no creo que sea su caso), pero si es igual o inferior, es inembargable.

Otra cosa y que suelo recalcar, es que el banco haga hincapié un poco y que el juez embargue no su pensión, sino la cuenta o cuentas bancarias. De esta forma y pareciendo que no se enteran, embargan cuanto haya o pueda haber. En el supuesto de un caso así y si no supera los 707 ' 70 euros, puede ponerse en contacto con el juzgado que ordene el embargo de la cuenta y explicar que lo que le ingresan es una pensión inferior al tope establecido y es la justa para vivir, para que este levante el embargo impuesto sobre las cuentas. Esto no quitará que mientras exista la deuda no se generen intereses a favor del banco.

Ojo también, porque cuando no pueden tirar de nóminas o pensiones... tienen en cuenta las propiedades... pisos, vehículos etc.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas