Deuda con seguridad social por responsabilidad administrador y pensión por incapacidad permanente absoluta.
En el año 2014 era administrador de una s.l., bueno sigo siéndolo pero la empresa dejo de trabajar ese año. Desde 2011 por impagos, la empresa acumulo deudas con la s.s. Y con hacienda, este años la s.s. Me ha dicho que yo como administrador paso a ser el responsable de las deudas con ellos, y que si no pago me embargan, yo no tengo nada a mi nombre, únicamente actualmente estoy cobrando una baja por enfermedad común.
Mi pregunta es, si me embargan, ¿de esta baja que me pueden embargar?, ¿Igual qué si fuera una nomina o todo lo que cobro? Y si me conceden la incapacidad permanente absoluta, que pasa con lo que cobre, ¿me lo concederán o me lo denegaran? O me retendrán como si fuera un sueldo.
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Respuesta de Francisco Rodriguez Durán
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Respuesta de Pedro abogado
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