Puedo sacar a un tercero de la casa de mi padre fallecido?.

La situación es que hace unos años mi padre falleció y un sobrino de él interpuso una demanda de intestado reclamando sus bienes. Mi padre nunca estuvo casado, solo existinos 3 hijos registrados por él, por lo que sé sus bienes pasan a manos de nosotros, el caso es que ese sobrino está metido en casa de mi padre y también está usando el auto que solía ser de el. Me interesa aab5er cómo puedo hacer para quitarle ambos bienes de los cuáles se ha adueñado sin derecho. ¿Puedo simplemente ir y quitárselos o afecta en algo el hecho de que estamos en medio de un juicio de intestado?. Agradecería enormemente me orientaran un poco sobre el tema.

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Quisiera saber como se hace lo ultimo que explico pues hay 7 herederos pero fui donde la juez con mi hermano mayor que murió también y la juez me otorgo la casa para que la viviera hasta que mi mamá falleciera y falleció en 2003 pues desde que mi padre murió vivo en ella desde 1998 soy la que hago los arreglos de la casa la pinto mantengo el patio siembra de todo para comes frutas y vegetales hortalizas quisiera saber como puedo hacer para que este a mi nombre.

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Dice que esta persona interpuso una demanda reclamando sus bienes. No dice si la ganó. SI la ganó tiene todo el derecho a ello porque tiene una rentencia a su favor y ustedes tienen que instar un procedimiento judiicial si quieren recuperar la herencia de su padre.

¡Muchas Gracias!

La demanda no la ha ganado el ya que es simplemente un tercero sin derechos!. Nosotros como hijos respondimos a esa demanda pero el abogado que traíamos nos dejó a medias y se fue. Solo quiero saber si podemos sacarlos de esa casa que no les corresponde o que necesito para ello. Las escrituras están a nombre de mi padre y no dejó herencia solo existimos nosotros ni siquiera estuvo casado, ¿es posible solo presentar alguna denuncia o con papeles en mano solo sacarlo de ahí?.

Aunque su abogado les dejara a medias, si el asunto estaba en el juzgado tuvo que concluir de alguna manera i ha de haber constáncia de que su primo perdió la demanda. Deben ustedes asegurarse de que eso fue así.

Independientemente del asunto judicial que segun dice se sigue tramitando, ustedes deben hacer sus propios trámites para aceptar la herencia, porque la sentencia lo único que dirá es que su primo no tiene derecho.

Además, la ley cambió en 2015 y ahora ya no se necesita juicio para heredar. Se puede arreglar directamente ante un notario.

Se va al notario con un par de testigos que declaran que conocen la familia y saben que la herencia le corresponde a usted. El notsario hace un escrito que se llama "Acta de notoriedad" y se publica para que puedan aparecer las personas que no estén de acuerdo en que la herencia sea para el que la reclama. Si no aparece nadie, el notario hace las escrituras a favor del que ha reclamado.

Tengan mucho cuidado, porque esto lo pueden hacer ustedes pero también lo puede hacer su primo si encuentra un par de personas que declaren que no hay hijos y le corresponde a él. Tal vez ya lo haya hecho y ustedes no se hayan enterado.

Además, alguien estará pagando los gastos. Si él paga y se comporta como dueño, al cabo del tiempo acabará siendo de verdad el dueño. Mucha gente no lo sabe pero además de la herencia o la compraventa hay una manera de adquirir las cosas, la Prescripción Adquisitiva que tambien se llama usucapion y consiste en que al cabo de unos años de comportarse como dueño, el poseedor se convierte en diueño de verdad.

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