Permiso retribuido para concurrir a exámenes.

Una trabajadora solicita a la empresa días para asistir a exámenes. El convenio explica:

"A los permisos necesarios para concurrir a exámenes cuando curse con
regularidad estudios para la consecución de títulos oficiales académicos o profesionales
teniendo en cuenta que de estos permisos únicamente serán retribuidos los
correspondientes a exámenes eliminatorios. El personal disfrutará de este permiso el día
natural en que tenga el examen, si presta sus servicios en jornada diurna o vespertina. Si
el personal trabaja de noche, el permiso lo disfrutará la noche anterior al examen."

Si el turno de la trabajadora no coincide con la hora del examen, ¿tiene derecho igualmente al día entero de permiso? Si tiene un examen de 9 a 12 y entra a trabajar a las 3, ¿está la empresa obligada a darle el día igualmente? ¿Y si coincide en su horario de trabajo le corresponde todo el día?

Respuesta

A tenor de la interpretación del convenio colectivo, tiene derecho al día natural completo, salvo que tenga turno de noche, que tendrá libre la noche anterior.

SMO.

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