Cotizar por cuenta ajena y como autónomo al mismo tiempo, ¿Se suman las cotizaciones a efectos de jubilación?

Actualmente estoy trabajando por cuenta ajena y como acabo a las 15 horas quería darme de alta como autónomo para trabajar legalmente por las tardes, si en un futuro las cosas me fueran bien dejaría el trabajo por cuanta ajena. Llevo cotizados por cuenta ajena unos 30 años y tengo 49. Lo que no tengo claro es lo siguiente:

Al trabajar en ambos regímenes a la vez, ¿se suman las cotizaciones a efectos de jubilación?

Al tener 65 años deberé elegir la pensión entre autónomos y cuanta ajena.

Si en un par de años solo trabajo como autónomo, ¿qué pasaría con lo ya cotizado por cuenta ajena?, ¿Lo pierdo?.

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Al ser dos regímenes diferente van por vías separadas, si una vez llegue su edad de jubilación tiene acumulado el tiempo mínimo de cada una de ellas (15 años actualmente, 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a su jubilacion) podrá solicitar la pensión de ambas y recibirá 2 pensiones.

Ahora bien si en uno de ellos no llega al mínimo completará a la otra, sumando su tiempo cotizado y sus base para una única pensión. En ningún caso perderá lo cotizado anteriormente.

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