En una Junta de la Comunidad, ¿El presidente puede hacer de secretario?
En una Junta de Comunidad de Propietarios, si el Administrador-Secretario no asiste,
¿El presidente puede ejercer de secretario sólo para esa Junta?
En caso afirmativo, ¿Qué tiene que decir en la Junta para que luego no se pueda impugnar?
En nuestra Comunidad de Propietarios, en la última Junta se eligió Presidente, Vicepresidente y Administrador-Secretario.
En la próxima Junta asistirá el Presidente, el Vicepresidente no puede y el Administrador-Secretario no quiere asistir, porque la Junta va a tratar sobre él.
2 respuestas
Respuesta de Poli Plos
Respuesta de Prof. Francisco Poveda
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