Los abogados de oficio no saben...

En febrero del 2017, pido abogado al turno de oficio, para elevar a publico contrato de compra-venta de participaciones sociales de s.l., por valor de 203000€, el contrato se presento en juzgado mediante papeleta de conciliación, con avenenencia, pendientes de cobrar la venta de unos inmuebles, por lo que en cobrar se iban a liquidar impuestos y hacer una nueva escritura de la sociedad, el la que yo como comprador figuraría en la misma con el 50%, esta se fundo en agosto del 2015, no ha tenido actividad desde su fundación si bien la gerencia ha vendido y cobrado varias propiedades, no ha hecho ninguna declaración en hacienda, ni juntas de accionistas, el abogado que me asignan me planteo una demanda civil con petición de medidas cautelares pare impedir la venta de más propiedades, el juzgado lo desestima alegando que es un tema mercantil, visito un bufete privado y me lo plantean del siguiente modo: notificación notarial al gerente para pedir se eleve a publico la papeleta de conciliación(con avenencia), registrando los inmuebles a nombre de la sociedad(¿siguen estando a nombre del gerente en el registro de la ppdad?)Pedir la disolución de la sociedad por no tener actividad en más de tres años, tras gastar 2600€ que no tenia y los debo, solicito un nuevo abogado de oficio en septiembre del 2017, presenta la demanda en juzgado mercantil, en diciembre del 2017 me dice que tenemos que esperar y hoy me llama, han pasado 2 meses y me dice: el juzgado mercantil lo desestima por que consideran que es un tema civil, que vuelva a pedir abogado al turno de oficio para presentar la correspondiente demanda... Y yo me pregunto: ¿Esto es así? O dentro de tres meses cuando se vuelva a presentar la demanda me dirán que le pregunte a algún Vidente ¿en qué juzgado se debe presentar la misma? O quizás en alguna iglesia, salón de juegos o mejor en alguna cafetería... Esta claro que la justicia es ciega pero en muchos casos creo que sorda, muy lenta y muy cara, así que si te han levantado el dinero que tenia ahora me doy cabezazos contra la pared y doy las gracias a los que me han asesorado tan bien...¿puedo hacer algo antes de que el gerente y el otro socio limpien el escenario del crimen?

1 Respuesta

Respuesta
1

Todo este conjunto de despropósitos son en gran medida las consecuencias de no haber hecho las cosas diligentemente por su parte (por parte de usted). En primer lugar, la documentación de la transmisión debió hacerse en documento público, porque así lo ordena la ley (artículo 106 de la Ley de Sociedades de Capital, sobre la que volvemos más adelante), y máxime por el fortunón que desembolsó para la adquisición de las participaciones. En segundo lugar, y ya que tenía un acuerdo homologable judicialmente, debería haber pedido su ejecución por el juez, no por los vendedores: que librase un auto inscribible diciendo que era usted el propietario de tales y cuales participaciones, sin necesidad de que nadie elevara nada a público ni a privado. En tercer lugar, usted señala que "figuraría" en la nueva sociedad como propietario del 50%, sin que ello tuviese lugar porque al parecer (esto no lo concreta en su relato) los demás interesados hicieron la sociedad con usted. De esta forma, le han planteado el caso tanto en términos mercantiles como civiles, y por eso ha ido baqueteando de una jurisdicción a otra. Pero cuando estaban en la mercantil sus abogados no hicieron más que jeremiadas, cuando lo primero que debieron hacer es exigir una rendición de cuentas a los administradores ex artículo 241 de la LSA. Por lo demás, y por si no se ha dado cuenta, le han estafado. Usted ha dado un dinero a cambio de nada, que ha ido a parar a los bolsillos de unos desaprensivos con una falsa promesa de rentabilidad patrimonial, con ocasión de la existencia de una serie de inmuebles. Pero es que abstrayéndose de este asunto de querella criminal, este asunto siempre fue civil y nada más que civil. Otra cosa es que se planteen extravagacias; más bien los ciegos fueron sus abogados, no la Justicia.

Primero agradecer su respuesta, ahora se que no se hizo bien de principio, no intento justificar mi falta de conocimiento en temas jurídicos, si bien actúe De buena fe y ante la rapidez de los hechos, se firmo un documento privado por dicha compra el 1 de agosto, si bien por tema de vacaciones y para intentar, darle validez al mismo opte por hacer un acto de conciliación en el juzgado donde se verificaba dicha compra, luego a primeros de septiembre y ante la negativa de reunirnos por la gerencia para llevar a cabo esa nueva escritura, les pedí que se procedira al registro de los bienes a lo que hasta el día de hoy y transcurridos 3 años,empecé mi peregrinaje por abogados particilares, notaria y abogados de oficio, que conste que estoy en una situación muy pero que muy precaria, ahora ya se que no me puedo fiar ni de mi padre, ¿pero queda algún camino? Aparte de rezar mucho. Saludos

Escanee el contrato de compraventa de las participaciones y envíemelo (solo eso) a [email protected]

Gracias de Nuevo, he ido al bufete a recoger la documentación, Pero no esta la abogada hasta el viernes, en general, le Encino el contrato,¿Puedo pedir la ejecución del.acto de conciliación? Hay album models de demanda, ¿para copialrlo y presentarlo mañana mismo?, gracias de antemano y reciba un cordial saludo

Claro. Puede presentar una demanda ejecutiva con ese acuerdo homologado. Pero la demanda ha de estar firmada por abogado y procurador.

Quería decir.que en tenerlo se lo envío

Ah, claro. Con mucho gusto.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas