Como facturar a una empresa de Ecuador

Hemos desarrollado un programa informático (software) a una empresa de Ecuador.

Las preguntas son:

1.- ¿Debemos facturar con IVA?. Entiendo que no.

2.- ¿Debemos facturar en euros aunque ellos nos paguen en dolares USA? Entiendo que en euros con la conversión del día a dolares.

3.- ¿Cómo se aplica el IMPUESTO A LA SALIDA DE DIVISAS ISD del 5%? ¿La factura se hace por el 100% y nos transfieren el 95%? ¿Es el banco que retiene ese impuesto o la empresa ecuatoriana?

2 respuestas

Respuesta
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Además de lo indicado por el otro experto, indicarte que ese impuesto debería ser a cargo de tu cliente que es quien soporta el impuesto, pues es quien realiza la salida de dinero.

En tu contrato con ellos deberías haber indicado algo al respecto de los impuestos, pero como entiendo que no lo habéis hecho, si deberías hablar con ellos, para que el dinero te llegue sin comisiones o impuestos. En muchos casos, se cobran comisiones de transferencia compartidas y esto también supone que tu cobres realmente menos de lo que facturas.

Gracias por la respuesta.

Una duda mas: la empresa ecuatoriana nos ha subcontratado el desarrollo del paquete de software que a ella le ha encargado una administración publica ecuatoriana. Nosotros lo servimos en modo SaaS, es decir, en la nube y cobramos por dos conceptos: implantación y mantenimiento.

¿Debe llevar alguno de estos dos conceptos algún tipo de retención en la factura?

Muchas gracias.

Deberían ponerse en manos de un experto que les ayude con todo el tema fiscal y contable, para evitar problemas y errores.

A las empresas de fuera de España no se les aplica retención en factura.

Respuesta
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Te contesto a tus preguntas:

1) No tienes que facturar iva, es una exportación de servicios

2) La moneda funcional en España es el Euro, puedes facturar en dólares, pero en tu contabilidad tienes que transformar los mismos a Euros, en la fecha de la factura, por lo que lo más cómodo es que sean ellos los que tengan que pasar a dólares los Euros. Lo normal es que tu exijas el importe en tu moneda y que las diferencias de cambio sean a su cargo.

3) El impuesto a la salida, implicará una diferencia entre el importe que tu percibes y el importe total de la factura, que debe de constituir un gasto para ti. Salvo mejor opinión, yo lo incluiría en la cuenta 631. Otros tributos.

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