Tengo una inquilina y se va antes de cumplir el año de contrato ¿ Debo devolverle la fianza ?

En junio del 2017 entro una inquilina en mi vivienda, con un contrato de tres años. Este mes de febrero de 2018 me avisa de que el dia uno de marzo me entrega las llaves .

Mi pregunta es : debo devolverle la fianza, ¿sin qué halla cumplido siguiera un año?

1 Respuesta

Respuesta
1

Con la modificación que hubo a la LAU en junio de 2013, tratándose de arrendamiento para uso de vivienda, el inquilino tiene derecho a desistir una vez pasados 6 meses.

La única indemnización que podría cobrarle es la parte proporcional de los meses del año que deja sin cumplir pero solamente si así figura en el contrato si en el contrato no se hizo constar tiene que devolverle la fianza si deja la casa sin desperfectos.

¡Gracias! Por su respuesta.

Disculpa dime si firmó por un año prorrogable a 3 o si firmó directamente por 3 años y dime si el contrato contenía la cláusula de penalización por desistimiento anticipado

?

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas