Penalización por dejar un piso antes de 5 años

Tengo un piso en alquiler con un contrato firmado el 1 de junio de 2013 en el que expone que el contrato tiene una duración máxima de 5 años y que se prorroga por cada año. Actualmente mis necesidades han cambiado y necesito un piso más grande. ¿Según la LAU de ese momento estoy obligada a estar esos 5 años? ¿Puedo irme al cumplir los 4? ¿Puedo dejarlo antes del 1 de junio de 2017 preavisando con los 30 días estipulados o se quedarían mi fianza y podrían penalizarle de alguna manera?

2 Respuestas

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Si su contrato es de 1 año y prorrogable, podrá dejarlo al ir a cumplir 4, preavisando fehacientemente con al menos 30 días de antelación de su decisión de no prorrogar.

¡Gracias! 

Perdone Amparo, solo me surgió otra duda, si encuentro un piso antes de que finalice el contrato el 1 de junio para entrar por ejemplo el 1 de mayo, la casera se quedaría mi fianza? Es complicado encontrar un piso que se adapte a uno justo para la misma fecha en que acaba el contrato..

Su contrato es de los que hay que cumplir íntegramente hasta el último mes de cada anualidad, de lo contrario si, se arriesga a que su casera le reclame los meses incumplidos en el caso que plantea uno que sería la fianza.

Sí el nuevo contrato que firme es de un año podrá irse a partir de esa fecha en cualquier momento sin penalización alguna siempre y cuando avise con 30 días

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Me había salido una respuesta pero ahora no la veo, no sé si hay algún problema en lo conexión

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