¿Es obligatorio realizar escritura de aceptación y partición de herencia?
Me gustaría saber si es obligatorio realizar esa escritura, de cara a la liquidación de impuestos.
Me explico. Mi suegro ha fallecido recientemente. Hay testamento en el que lega a su esposa el usufructo universal de toda su herencia. Los hijos no quieren tocar nada (hay un inmueble, dos plazas de garaje y la cuenta del banco). Todo ello se va a quedar sin tocar, para que lo tenga mi suegra.
El pago de sucesiones (en Madrid) no es nada gravoso; pero la plusvalía sí. El tema es que no se puede hacer frente a todos esos gastos (si añadimos notaría, registro de la propiedad...).
Es por ello que nos gustaría saber si se puede realizar ese "reparto" sin pasar por notaría ni el Registro de la Propiedad.
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Respuesta de Prof. Francisco Poveda