Aceptación privada de herencia,imp.sucesiones y plusvalía.
Tras fallecimiento de mi padre, entregamos a abogada, para acortar "toda documentación.. C.u.voluntades, c.defunción, testamento... Etc". Sabiendo ella que no queríamos escriturar, ya que mi madre con el 50% de propiedad y usufructo y nosotros 3 hermanos herederos, viendo que no es obligatoria la "repartición o cuaderno de partición" por parte de notaría ni el registrarlo en R.P.Urbana ya que no se venderá y mis hermanos seguirán residiendo allí con mi madre, en espera de que en algún día fallezca mi madre(ya 82 años) y entonces se registre correctamente en su totalidad todo... Ha hecho lo siguiente. Documento privado de aceptación de herencia, firmado en su despacho por mi madre y nosotros. Por otro lado gestiona,(aún no terminado-S.Santa), el pago de Imp.de Sucesiones. Una liquidación firmada por cada uno. Ya nos lo devolverá hecho. En Andalucía es cero el total a ingresar. PREGUNTAS : No queremos que se registre pero no queremos evadir impuestos. La liquidación de PLUSVALIA habría de hacerla y pagarla mi madre sola en su totalidad,(aunque después se lo abonemos nosotros), o hay que hacer 4 liquidaciones. Si es así cual es la cantidad de porcentaje que nos aplicaríamos cada uno... ¿el mismo que ponga la abogada en el de Sucesiones?. ¿Cómo sea.. Presentando en oficina liquidadora ayuntamiento, Aceptación Privada Herencia, pago Imp.Sucesiones y C.de Defunción es suficiente para poderla hacer?.
OTRA : ¿Sin haber efectuado escrituración registral?, ¿Cómo pagar el IBI?. Mi padre pedía la carta de pago y después la abonaba en cajero o cargo en su cuenta.Si pedimos esa carta de pago.. ¿nos la dán?. A mi hmno., estando enfermo mi padre en 2015 le dijeron que no... Pero con tanta gente pasó. Presntando allí, Of. Provincial Recaudación, misma documentación, ¿aunque no la cambien de nombre la pueden entregar para su pago?
Perdón por la carga... Pero llevo " dos meses con dolor de cabeza".