Pueden descontarme un embargo de la indeminzación

Llevaba trabajando 11 meses en una empresa, al mes me dijeron que había una carta del juzgado por una deuda que yo tenia y que tenia que retenerme.

En la nominas mensuales venia el importe de la retención, pero la empresa me pagaba el sueldo igual que antes, sin descontarme la retención, por un error de la oficina.

Ahora me han despedido y me quieren descontar el total de la retención que no me había descontado de la indemnización.

Mi consulta es, me puede descontar todo el importe de la retención (700 euros aprox) de la indemnización por despido.

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Están obligados a hacerlo, porque tienen una orden judicial encima de la mesa que es preciso cumplir, y sin duda la indemnización supera con creces la cantidad a retener.

Hola

Si no me los descontaron de la nomina mensual, lo pueden descontar de la indemnización, no se supone que la indemnización por despido no se puede embargar

Gracias

La indemnización no es solo embargable, sino que deberá usted tributar por ella como si no le hubiesen embargado nada, es decir, por toda la cantidad. No goza de los tramos de respeto por el salario mínimo con que están protegidas las nóminas y, en fin, le pueden embargar sin ningún límite legal, pues la indemnización por despido está excluida de la protección laboral.

Hola . Me pagaron 33 días por año, no se supone que eran 45 días

Yo de eso no tengo ni idea. Pruebe en un foro laboral.

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Se pagan 33 días por año a los contratos posteriores a febrero de 2.012.

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