Deuda bancaria de comunidad de bienes que se disuelve

Pertenezco a una comunidad de bienes, está adquirió un prestamo en un banco. Esta comunidad estaba compuesta por 3 personas pero una de ellas renunció a la comunidad de bienes. Ahora bien el negocio creado por la CB fue un fracaso y ahora hay que pagar la totalidad del crédito.

¿Es posible que cada uno pague la parte proporcional que corresponde?

Si uno de los socios decide no pagar, ¿el otro socio debe pagar la totalidad del crédito?

No quiero pagar la totalidad de la deuda, solo mi parte proporcional. ¿Qué puedo hacer?

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El crédito se documenta en un contrato (privado o público) donde vienen especificadas las condiciones. Una comunidad de bienes no tiene personalidad jurídica distinta de la de sus componentes, por lo que el crédito lo devolverán todos los que lo han firmado y al banco le trae totalmente sin cuidado que uno de ellos salga de la comunidad, porque seguirá respondiendo exactamente igual por lo que ha firmado. Si en el documento que fija las condiciones dice que los otorgantes adquieren el crédito mancomunadamente, cada uno se hace cargo de la parte que le haya correspondido. Pero es casi seguro que se trata de un crédito solidario, por lo que el acreedor puede ir contra el o los deudores que mejor le parezcan, pidiendo la totalidad o la parte. Si uno de los deudores paga todo el crédito, puede reclamar a los demás; pero en ese caso solo podrá hacerlo mancomunadamente.

No logro ver si es mancomunado o solidario y no lo recuerdo lo que si se es que los tres tenemos acceso a la cuenta bancaria pero al momento de hacer transacciones debemos firmar todos. Eso pudiese decirme que es mancomunado y no solidario?

Con esos datos no se le puede decir cuál es la naturaleza de la deuda (mancomunada o solidaria). En el contrato que firmaron tiene que aparecer explícitamente la palabra "solidaria" o "solidariamente" para que la obligación sea de todos por todo. Si no aparece, la deuda es mancomunada. Pero es imposible contestarle sobre el contenido de un contrato sin verlo antes.

Vale muchísimas gracias!!! Ya leí todo el contrato y no salen ninguna de las dos palabras por ningún lado. Ahora bien se puede pedir al banco (en caso de ser mancomunado) que fraccione el crédito? Es decir que cada uno de los comuneros pague lo que corresponde? Si los dos comuneros desaparecen debo igual pagar yo todo el crédito?

otra pregunta si me embargan la nómina que porcentaje me quitan?

Si en el contrato no dice explícitamente y con todas las letras que los prestatarios responden solidariamente, la deuda es mancomunada y usted responde del 33%. No piense en embargos. Primero hay que negociar, buscar el dinero, luchar por la propia supervivencia e intentar vencer. Y si todo eso no se consigue, hacer que la derrota sea lo más llevadera posible.

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