Como prestatario no hipotecante al no pagar la deuda, me pueden pedir la totalidad de la deuda

Mi madre se compro una casa con su pareja, y mi primo y yo estamos como prestatarios no hipotecantes. El caso es que no han podido hacer frente a la deuda, han dejado de pagar, se ha subastado la casa por un importe inferior al solicitado y ha quedado una deuda. Mi pregunta es si al ser 4 prestatarios tenemos un 25% de la deuda cada uno o me pueden solicitar el 100% de la deuda.

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En estos casos se va al que tenga económicamente más liquidez y cobrar la deuda tota.

MUchas Gracias.

MI caco es que tengo una casa hipotecada con mi pareja, no estamos casados, tenemos una hija en común. nomina de 6 horas, no creo que puedan agarrar mucho por hay, luego un coche al 50% con mi pareja el cual creo que también pueden intentar quitarme le.

Lo que quiero saber es si en la casa que esta hipotecada pueden hacer ellos algo. Si tengo la posibilidad de venderla o de cedérsela a mi pareja. POrque me veo pagando 40 años una hipoteca y luego empezar con la otra del banco que me ha embargado.

MI madre en el paro mi primo igual y la ex-pareja de mi madre trabaja en B. La única perjudicada soy yo.

MUchas gracias anticipadas

Pues por lo que cuentas a la que pondrán en el punto de mira va a ser a ti, los juzgados te tendrán controlada durante 15 años cualquier ingreso embargable, te lo tendrás que tomar con mucha paciencia, la figura del avalista es una de las más tóxicas para una persona confiada el beneficiario del aval nos elige como sus sustitutos de no poder pagar el crédito o préstamo que ha solicitado ante el banco si no puede pagar, su deuda es ya tu deuda.
Lo terrible del aval es que, cuando se recurre a él, ya se han agotado todas las formas posibles de coacción para cobrar al titular: el aval no es un deudo, ya es objeto de ejecución. Si se comprueba su solvencia, se procede contra sus bienes para cubrir la deuda. Si no se cuenta con el capital para pagar, se procede al embargo de propiedades, sueldo o cuentas bancarias.
El aval solidario (que se ha firmado de buena fe) no cuenta con ningún tipo de protección legal. Lo único que se puede hacer en contra del deudor original es iniciar un juicio para demostrar su solvencia y que tome nuevamente el lugar de deudor original, sometido a la ejecución, pero es un recurso lento, caro e incierto.

MUchas gracias por tu aclaración.

Ya veo que lo tengo crudo. Pero que se le va hacer es mi madre. Así que a lo hecho pecho.

Un saludo

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