Avalistas de una póliza de crédito

Un S.L. De la cual era socio, solicito una póliza de crédito que avalamos solidariamente, los socios y nos obligaron también a nuestras mujeres, se ha dejado de pagar y están para empezar el proceso judicial, yo deje la sociedad y me he enterado hace pocos días del impago puesto que nos han incluido en un fichero de impagados. Indicar que mi relación con los ex-socios es nula y agresiva, (les deje y les denuncie) y que la empresa se encuentra actualmente en concurso de acreedores.

Mi pregunta es:

Mi intención es pagar la parte proporcional que me tocaría del impago (tenía el 10% de la sociedad), ¿Es posible llegar a un acuerdo de este tipo con los bancos?, podrían ejecutar después contra mi, si firmamos todo esto en algún documento (entiendo que debería ser en un notario). ¿Sabéis si hay algún precedente de acuerdo de este tipo?.

4 respuestas

Respuesta
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Dice vd que su aval es solidario con lo cual el Banco puede reclamarle a vd la totalidad del crédito contra esa SL, con lo cual veo dificil que se avenga renunciaral cobro del 90% de ese crédito a cambio de la percepción inmediata del 10%, no obstante puede hacer la propuesta y caso de que lleguen a una acuerdo que sea por escrito y firmado.

Aunque ya es tarde le puede interesar la lectura de

AVALISTAS Y FIADORES, y también de esto, por si acaso

LA EXTINCIÓN DE LA FIANZA

¡Gracias!

En todo caso lo intentaré, puesto que no es tanto lo que me preocupa el embargo de patrimonio, ese, aunque poco, ya está puesto a salvo y es intocable por este tema, es más el problema de una aventura que hemos iniciado sin socios, y esto es una rémora.

Al hilo de esta pregunta, es posible saber en caso de que ejecuten embargos, cobren de cuentas, etc ... la situación de un tema de estos, esto es entiendo que si a uno mis ex-socios le han embargado por ejemplo una cuenta corriente y con ese dinero había para pagar el total, ¿entiendo quién a nivel de banco la deuda queda canceladano?, como mne podría enterar de esta situación.

Gracias anticipadas

Por cierto muy mintesante y enriquecedora la lectura de los dos enlaces

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Sinceramente, creo que es difícil que el banco acepte. No va a renunciar a dos avalistas (usted y su mujer) a cambio de garantizar únicamente el 10% de la deuda. Pero la respuesta sólo se la pueden dar ellos.

¡Gracias! 

En todo caso lo intentaré.

Al hilo de esta pregunta, es posible saber en caso de que ejecuten embargos, cobren de cuentas, etc .... la situación de un tema de estos, esto es entiendo que si a uno mis ex-socios le han embargado por ejemplo una cuenta corriente y con ese dinero había para pagar el total, entiendo quie a nivel de banco la deuda queda canceladano?, como mne podría enterar de esta situación.

Gracias anticipadas

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Habría que ver de entrada la documentación del préstamo y ver el tipo de aval que prestaron usted y su mujer, ya que si el aval era solidario y deudor, me temo que no va a ser tan fácil como usted lo pinta.

¡Gracias! 

En todo caso lo intentaré, puesto que no es tanto lo que me preocupa el embargo de patrimonio, este, aunque poco, ya está puesto a salvo y es intocable por este tema, es más el problema de una aventura que hemos iniciado sin socios, y esto es una remora.

Al hilo de esta pregunta, es posible saber en caso de que ejecuten embargos, cobren de cuentas, etc .... la situación de un tema de estos, esto es entiendo que si a uno mis ex-socios le han embargado por ejemplo una cuenta corriente y con ese dinero había para pagar el total, entiendo que a nivel de banco la deuda queda cancelada?, como me podría enterar de esta situación.

Gracias anticipadas

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Aunque es difícil salir de este lio. Conocí un caso que un socio abandonó la sociedad y lo notificó al banco, el banco siguió trabajando con la empresa y la póliza de crédito que se renovaba cada año, sólo aportaban documentación los socios actuales nunca el que se fue. El banco no lo quito pero cuando llegaron los problemas para la empresa el banco no pudo ir contra el socio que dejó la empresa, el socio saliente lo comunicó y si el banco siguió renovando la póliza fue sin tener en cuenta la garantía del socio saliente aunque estuviera en la póliza original, por ser un plazo abierto.

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