Excedencia sin liquidación de vacaciones

Hace 5 meses solicité una excedencia de 2 años en mi trabajo porque me llamaron de una bolsa del sector público. Me quedaban 6 días de vacaciones por disfrutar ese año y en mi última nómina no me los pagaron. ¿Perdería esos días ya? O los puedo reclamar a los 2 años cuando acabe mi excedencia, ¿decida o no volver al trabajo?

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Efectivamente esos 6 días pendientes se los deberían haber abonado en su última nómina, si no lo hicieron cuando vuelva a incorporarse en la empresa los habrá perdido. Para la reclamación de salarios pendientes tendría un año para hacerlo.

Muchas gracias por su respuesta.

Me surge ahora otra duda. Los días de vacaciones se contarían los que me corresponderían por los meses trabajados de Enero a Septiembre que fue cuando pedí la excedencia? Es decir que si tenía 22 días de vacaciones al año, de Enero a Septiembre serían unos 16 días solo, por lo que los días que podría reclamar serían esos 16 días menos los ya disfrutados antes de pedir la excedencia no?

Gracias.

Si. Efectivamente, la empresa debería haberle abonado los días de vacaciones pendientes de disfrutar.

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