¿Puedo deducir a Hacienda el 100% hipoteca aunque seamos 2 titulares demostrando que he pagado íntegramente cada recibo?

Tenemos hipoteca sobre vivienda habitual, 2 titulares. En 2010 tras sentencia de divorcio pusimos cláusula en la que tenía que comprar su parte del piso, aunque en 2016 hicimos reforma de sentencia y el piso por disolución de condominios paso a ser únicamente mío (No llegamos a llevar a cabo la compraventa en 2010). Durante ese periodo de tiempo he deducido 100% de la hipoteca demostrando que saldaba la deuda unicamente yo cada año. A raíz de esta reforma de sentencia, ya que es posterior a la ley del 2013, sólo puedo deducir 50%, porque se interpreta la disolución como una compraventa y como es posterior al 2013, ya no es desgravable (Según hacienda). Ahora me llega una notificación de Hacienda respecto al ejercicio 2013 donde me reclama unos 700 porque alega que desgrave 100% cuando sólo debería haber sido el 50%. ¿Tienen razón? Si la disolución de condominio es en 2016, ¿verdad qué podía desgravar el 100% hasta esa fecha?

Muchas Gracias, me urge sus consejos porque tengo un tiempo para alegaciones

1 Respuesta

Respuesta
1

No le puedo dar buenas noticias, la deducción por vivienda va ligada a la titularidad de la misma, aunque usted haya pagado el importe sola, su derecho a deducción ha sido siempre el 50% correspondiente a su titularidad. Efectivamente cualquier cambio de titularidad por el titulo jurídico que sea no genera deducción por vivienda habitual posterior al 2012. Es más no le interesa entrar en esa vía dado que sino dice nada adicional el importe pagado por la parte de su ex-marido en realidad es una deuda que mantendría su ex marido con usted o bien podríamos decir que son pagos a cuenta a él de forma anticipada por la futura liquidación del condominio.

pero en su momento hacienda acepto que demostrando con recibos que yo abonaba el 100% de las letras de la hipoteca, gané las alegaciones y me abonaron la desgravación del 100%. No entiendo por qué ahora me lo piden cuando en su momento lo dieron por válido

Si lo hicieron así, lo normal es que lo hicieron mal, quizás porque fuera declaración conjunta, SIEMPRE es la titularidad la que marca el derecho, de hecho la otra parte podría deducirse el 50% hilando muy fino, si entre las partes se establece que él tiene una deuda con usted, pero tenga en cuenta que la ley indica importes "satisfechos", y no es él el que los satisface, sino usted, por lo que también cabría una interpretación en contra.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas