¿Deducción de 100% de vivienda en un préstamo con dos titulares?

En diciembre de 2013 hice una extinción de condominio y la casa es a efectos de propiedad mía. El tema es que aún figuramos dos personas en el préstamo hipotecario porque no se ha podido hacer todavía la novación.

Un familiar economista me hizo la declaración de la renta hace un par de meses, y me dijo que me tenía que deducir el 100% aunque el préstamo siguiera a nombre de dos personas, porque además de ser el único titular de la propiedad, puedo demostrar que desde entonces la casa la pago exclusivamente yo -para eso es mía- y que por tanto puedo deducirme el 100%. Esto es cierto, todo está domiciliado en una cuenta mía y desde esa cuenta hago un traspaso para pagar la hipoteca, es fácilmente justificable que desde hace más de un 1 año y medio la casa la pago yo.

¿Es correcto entonces que puedo deducirme el 100%?

3 respuestas

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Hacienda presume que si hay dos titulares cada uno se deduce el 50%, no obstante esta presunción admite prueba en contrario, así que si puede demostrarlo no debería haber problema.

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Como ya le ha indicado el compañero, al tener el crédito hipotecario dos titulares, y ser estos datos los que comunica la entidad financiera a la Agencia Tributaria, es posible que tenga un expediente de comprobación. En el que podrá aportar las pruebas que usted indica.

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La realidad es que se lo pueden deducir los dos titulares, pero habiendo pruebas de que es vd quien los paga y además si el otro titular esta de acuerdo, aunque haya expediente de comprobación no habrá problema alguno al existir dichas pruebas.

Espero sea de ayuda. Si es así.

Perdón. Se corto la respuesta.

Si la respuesta es de

Muchas gracias. Entiendo entonces que, caso de que hubiere expediente de comprobación, demostrando que todos los gastos de la casa los pago yo, (todos los recibos domiciliados a una cuenta solo mía, hago el traspaso desde esa cuenta a pagar la hipoteca todos los meses) es legal y podría deducirme ese 100%.

¿Para demostrar todo eso entiendo que bastaría con presentar los recibos de pago de todo el 2014, así como que la propiedad de la casa es únicamente mía verdad?

En principio eso seria suficiente, pero en caso de haber expediente, alli te dirian exactamente la documentacion que tienes que aportar. Lo mejor seria una escritura de novacion del prestamos donde se hiciera constar la circunstancia, pero los recibos justificativos y la titularidad de la cuenta, a priori, son tambien validos.

MEDA Consulting y Contabilidad

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