Deducción por vivienda habitual y prescripción de facturas

Construimos nuestra vivienda habitual entre 2005 y 2007 (licencia de obras Sept/05; licencia 1° ocupación Ago/07). Desde la misma constitución de la hipoteca, que era por certificaciones de obra, nos hemos deducido las cantidades correspondientes a cada ejercicio. El día 1 de marzo de 2018, recibimos un requerimiento de Hacienda para que entreguemos la siguiente documentación:

-Escritura de la hipoteca

-Facturas de los gastos de constitución de la hipoteca

-Escritura de compra del solar

-Proyecto de construcción de la vivienda

-Tasación del solar

-Certificado de convivencia

Esta mañana he acudido a sus oficinas con la mayor parte de la información, pero sólo conservamos parte de las facturas; ya que han pasado más de 10 años. El inspector que me ha atendido, me indica que las facturas no prescriben puesto que todos los años me deduzco la hipoteca, por lo que estoy obligada a demostrar que el destino íntegro de la hipoteca de 150000€, fue la construcción de la vivienda; pasen los años que pasen.

¿Ésto es realmente así? ¿Debería conservar todas las facturas de la construcción de la vivienda?

Si solamente tenemos facturas por 70.000€, ¿qué nos puede pasar? ¿Qué importes tendríamos que devolver? ¿Qué sanciones nos podrían aplicar?

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Cuando usted se aplica una deducción o bonificación en algún impuesto, ha de guardar los justificantes (facturas normalmente) mientras se la aplique. Por lo tanto, el inspector tiene razón.

Le recomendamos que intente recuperar o pedir duplicados de las que pueda... Y se ponga en manos de un abogado que le estudie y ayude con su caso concreto.

Ahora normalmente tendrá que devolver lo deducido de más, y además sera sancionada...

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