Asesoramiento fiscal por recibir un requerimiento de hacienda para revisar la declaración de este año
Me apremia con urgencia resolver ciertas dudas acerca de la situación en la que me encuentro.
He recibido este verano un requerimiento de hacienda para revisar la declaración, al parecer la hipoteca que deducimos no estaba del todo clara. Estabamos deduciendo por adquisición de vivienda habitual el 100% de la hipoteca solicitada.
El caso es que empezamos a construir en el 2002 una casa para lo que pedimos una hipoteca, y el 2004 en cuanto tuvimos la vivienda habitable entramos a vivir en ella, a pesar de que a día de hoy el arquitecto todavía no nos ha dado la vivienda por finalizada pues faltan cosas como el pintado exterior por hacer, en el 2006 nos vimos obligados a hacer una ampliación de la hipoteca, y el modo que nos inducieron a hacerlo en la entidad bancaria fue cancelando la primera cantidad por obra finalizada y abrir otra nueva por ampliación, siempre se nos dijo que siempre que las facturas justificaran el uso en la vivienda podríamos desgravar por ello, y creyendo hacer lo correcto así lo hicimos.
Con el requerimiento presentamos todas las facturas existentes desde el principio de la construcción incluso escrituras de compra de terreno y demás, creyendo estar haciendo siempre lo correcto. Ahora llegó la notificación del trámite de alegaciones en la que nos comunican que no reconocen el segundo préstamo por haber declarado en escritura pública el fin de obra en el 2006, y sólo nos reconocen el dinero utilizado del nuevo prestamo para cancelar la primera hipoteca, dejando sin efecto todas las facturas justificativas de los gastos reales de la construcción.
Mis preguntas son:
¿Existe alguna posibilidad de que justificando documentalmente, (estoy pensando en un informe del arquitecto) que en realidad la vivienda no se ajusta a fin de obra puedan reconsiderar la segunda hipoteca como válida?
Si la escritura efectuada por el banco de fin de obra no era un mero trámite protocolario y no se ajustaba a la realidad ¿Por qué nos dijeron que podíamos desgravar la última hipoteca enconces? ¿Por qué el arquitecto firmó esa escritura, cuando a nosotros no nos da la licencia de fin de obra?
Y lo más importante de todo ¿A qué sanción nos estamos exponiendo por haber cometido este fraude? Sé que hacienda no puede ir mas allá de los 4 años, pero lo que no sé es en que consiste la multa concretamente.
¿Además de devolver la cantidad cobrada indebidamente, ¿sobre qué cantidad nos aplicarán la multa?
Aceptar la propuesta de liquidación ¿Nos exime de la sanción? Y ¿Necesariamente van a ir a los cuatro ejercicios anteriores?
¿Debemos aceptar la propuesta de liquidación? ¿Qué conllevaria hacerlo?
Y por último ¿Cuáles son las ventajas e inconvenientes de no aceptar y alegar? ¿Tengo alguna posibilidad alegando que la casa no está finalizada realmente? O ¿Incurriríamos en otro delito?
Sé que son muchas preguntas pero estoy muy preocupada, creíamos que lo estabamos haciendo bien, facilitamos toda la información de la que disponíamos y resultó que no estaba bien. Ahora disponemos de muy poco tiempo para resolver, concretamente hasta el día 3 de noviembre, y necesitamos aclarar demasiadas dudas.