Duda bienes gananciales y separación de bienes

De soltera me compré un piso del que tengo hipoteca y mi pareja se compro otro del que tiene su hipoteca. Años después nos casamos en bienes gananciales y tuvimos un hijo, ahora me surgen muchas dudas Hago la preguntas una a una mejor

1-Si mi marido fallece, ¿estoy obligada a pagar las letras de la hipoteca de la casa que él se compro antes de que nos casáramos en régimen de bienes gananciales?

2-Si cambio de bienes gananciales a separación de bienes, ¿estaré obligada a pagar ls letras en caso de que él falleciese?

3-Si cambio de bienes gananciales a separación de bienes, ¿tendría derecho a percibir pensión por viudedad? Tengo entendido que en bienes gananciales si...

3-Creo que hace rato el cambio de un régimen a otro es bastante costoso, ¿se podría hacer un testamento en el que se diga que si fallece él yo pudiese renunciar a su herencia tanto de deudas como de beneficios?

Mi miedo es si pasa eso el tener que pagar yo dos hipotecas, porque no se si la solución sería cambiar a separación de bienes o hacer un testamento... ¿qué me aconsejáis? Tampoco quiero que nuestro hijo se quede con deudas de ningún tipo...

Por otro lado, si me divorciase, ¿la casa que me compré antes del matrimonio seguiría siendo mía y la suya suya no? Al ser antes del matrimonio, es que había leído que lo que se hubiese pagado de ambas casas desde el matrimonio hasta la fecha de la separación sería un bien comun... ¿qué significa eso?

Espero una respuesta de un profesional porque ando bastante perdida con esto...

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Respuesta

Si ustedes no tiene otorgado testamento, no he heredan entre sí (a salvo el usufructo de un 33% de la masa hereditaria) sino que iría todo a parar a los descendientes. En este caso, si ambos tienen tan solo un hijo, éste heredará el 100% de propiedad en situación intestada. Usted no puede renunciar a la herencia de su hijo si este es menor de edad, pero sí pedirle al Juez que lo haga si presenta pruebas de que la aceptación puede ser una carga grave carga que se acumulará hasta su mayoría de edad. No mezcle la situación matrimonial con cuestiones de la Administración y de la herencia; son cosas distintas: su régimen matrimonial no afecta nada a pensión de viudedad ni a la herencia. Lo que sí tiene trascendencia es que los pisos que usted considera privativos no son tal, al menos al cien por cien, puesto que en parte fueron amortizados con dinero ganancial, y por tanto la sociedad matrimonial es en parte propietaria de ambos pisos. Ha de ir usted a un abogado; está muy desinformada y muy mal aconsejada, y los conceptos que maneja tienen que serle explicados uno por uno.

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