¿Cómo pago el IVA pendiente?

Hace tiempo estuve trabajando de comercial (durante un par de semanas), pero no me dieron copia de contrato ni nada (tampoco estuve dada de alta y lo supe cuando me dieron puerta, supe que era falsa autónoma). He recibido una carta, "Comunicación de incidencias censales", donde me indican que estoy obligada a presentar declaración por las obligaciones periódicas del IVA (años 2009 y 2010, años en los que ni he trabajado). Cuando estaba trabajando era en 2008. No he vuelto a recibir más cartas de este tipo, pero hay datos que siguen figurando en la sede electrónica (como lo anterior, que tengo pendiente el IVA). Descubro que en Hacienda (en 2008) estuve como 511 Agente comercial (aunque no debo pagar el IAE, porque aparezco como exenta). Como el sinvergüenza no me dio copia de contrato y mucho menos del desglose de mis facturas en un papel (cobré sobre 70 euros haciendo contratos y me lo dieron en efectivo), ¿cómo puedo hacer ahora para justificar el cobro de esa cantidad a Hacienda y cómo sé la cantidad de IVA que tengo que pagarles después de tantos años? ¿Cobrarán algún recargo después de tanto tiempo para esa cantidad? ¿Cómo debo hacer en Hacienda para regularizar esto y que me quiten del censo de empresarios de una vez? La empresa es una SL y lógicamente han hecho bomba de humo hasta otra provincia, así que puedo irme olvidando de pedirles papeles.

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Lo primero es. Ponerte en manos de un profesional. Es fácil, se presenta un recurso explicando lo que ha pasado. Haces la liquidación de IVA de 2008, que es la ultima vez que trabajaste, pagas el IVA que será nada y presentas una baja modelo 037 a 31 de diciembre de 2008, con lo que, si aceptan el escrito, no deberían molestarte más. Esto es un reto contra la administración, pero no imposibles. Me encantan estos trabajos.

Muchas gracias,gutima. Probaré así. 

gutima, ¿a qué tipo de profesional te refieres? ando un poco pez con esto

Me refiero a un asesor fiscal. Llevo 19 años ejerciendo y se que una persona sola se puede perder.

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Me parece que debeis de estar pensando en otro año. No te pueden pedir liquidaciones de Iva del 2008. Hay una cosa que se llama ley general tributaria en la que se habla de la prescripción de los impuestos a los 4 años desde la finalización del plazo voluntario. Cuenta.

Hola, Juan. He consultado con un profesional y realmente me comenta eso de la prescripción de impuestos. En principio (como no me han vuelto a mandar ninguna notificación) no debo nada, pero me falta arreglar algo de papeleo para dejarlo todo bien atado. Resumen: que casi lo he solucionado. 

Gracias por vuestras respuestas, a ambos.

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