Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie su caso concreto y le ayude. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web. Trabajamos con muchos no residentes.
Lo primero para poder comprar en España es disponer de un NIF, que hay que solicitar en Policía o Hacienda.
En cuanto a la compra como tal, dependerá de la comunidad autónoma donde se encuentre el inmueble y si este es nuevo o de segunda mano, pues puede pagar IVA si es nuevo o ITP si es de segunda mano. Esto en cuanto a impuesto.
También ha de pagar, al notario y al registrador de la propiedad, más al experto que le ayude con estos tramites.
Es importante que compre como no residente (así ha de figurar en escritura) y que tenga una cuenta bancaria en España también como no residente. Cuando transfiera el dinero a su cuenta en España, la entidad financiera puede solicitar información de la procedencia del dinero, por lo que tendrá que tené preparada toda la documentación de la venta y los impuestos (también como no residente) en Argentina.
Una vez sea propietario, además de los gastos habituales (IBI, comunidad, luz, agua, etc.) deberá presentar declaración anual de no-residente por ser propietario de un inmueble. Si lo alquilara, esta declaración seria trimestral por los periodos de alquiler. El impuesto de no-residente se paga conforme al convenio entre España y USA (donde usted es residente fiscal).
Y en su declaración de USA ha de tributrar por todas sus rentas mundiales, lo que implica incluir el inmueble en España y podrá descontar lo pagado en España conforme al convenio.