Usted podrá poner fin a la relación laboral con su empleada de hogar por las causas que estime oportunas, mala situación económica y no pueda seguir pagando, realización propia de las tareas domesticas, o simplemente que no ya no sean necesarios los servicios que venia prestando.
Para esto deberá avisar correctamente a la trabajadora, 20 días si lleva mas de un año y 7 días si lleva menos.
Le correspondería una indemnización de 12 días por año trabajado con un máximo de 6 mensualidades o de 7 días si el contrato es anterior a 2012. También debe incluirle en el finiquito las vacaciones que tenga pendientes de disfrutar y el salario mensual.
Al haber estado en maternidad, debe especificar muy bien los motivos del cese y que no sea considerado que se produce por la maternidad, ya que en caso de demanda por parte de la empleada y se demuestre este motivo, el despido será nulo y tendrá que reincorporarla.