Proceso monitorio con Iberdrola que hago? Inquilino

Desde hace como tres años, tengo arrendado un piso del que actualmente es irregular en los pagos, pero bueno... Lo que me concierte es esto:

El dia 15 /01/2016 se redacto un contrato de arrendamiento con el inquilino hasta fecha de hoy... En agosto del 2016, hasta agosto 2017, Iberdrola detecto manipulación en el contador de luz, cosa que yo desconocia, por que las cartas llegan al domicilio del piso...

En los primeros meses del alquiler fui a cambiar la titularidad del suministro que esta a nombre de la mujer, y Iberdrola no deja porque no esta al corriente de pago, asi hasta fecha de hoy...

En el 2017 el inquilino me cita y me dice que recibe una carta de Iberdrola donde reclaman una deuda y me dice que el no ha hecho nada en el domicilio actual, cosa que en parte no es cierta porque su mujer asumia algo cuando me dijo que si eso la pagarían poco a poco,, en definitiva.. Recibo una carta del juzgado con proceso monitorio para hacer un recurso aportando documentación y datos al escrito...

¿Dónde puedo redactar un escrito de oposición para presentarlo?

¿Qué puede pasar? ¿Le pueden cortar la luz al inquilino y me pude pedir daños ami?

¿Le hago saber al inqiuilino que voy a presentar al monitorio donde yo no me hago responsable de la deuda?

1 Respuesta

Respuesta
1

¿A nombre de quién está el contrato con Iberdrola?

esta  a nombre  de mi  mujer, y a quien le nombran en la monitorio es a ella.

he ido a la oficina del consumidor y que alegue todo lo que pueda mediante un escrito pero como.

Un monitorio no el el procedimiento a seguir cuando se ha manipulado el contador, el monitorio se da para reclamar una deuda de dinero, vencida y líquida, es decir, creo que lo que te reclama Iberdrola es el pago de la luz, y no te cambia la titularidad hasta que no te pongas al corriente de los pagos.

Esa cantidad si acudes a una oficina de Iberdrola te dirán que cantidades adeudas, o en el monitorio que tienes abierto tendrás los datos también.

Reclama esa cantidad a tu inquilino, o lo que corresponda a su consumo, y abónalo.

Entiendo que tu como propietario habrás dispuesto que el inquilino te abone a ti el importe de las facturas cuando las reciba en su buzón o que tu le remites las facturas para si pago.

Dependiendo de cómo lo tengas estipulado en el contrato de arrendamiento tendrá que pagarte el la cantidad requerida mas los intereses o sólo la cantidad requerida. (Si te da problemas de pago este puede ser un motivo para echarle de la vivienda)

Entiendo que lo del monitorio es por la deuda del total que son 1450€, que son los pasos que no me contaron del todo el año pasado...

En cuanto a las facturas, las recibía el inquilino en el domicilio suyo y el es, quien paga esas facturas, unas en cajero y otras que las tiene domiciliadas pero su banco las devuelve...

Los importes los tengo del año porque se los pedí a Iberdrola...

En el contrato pone que los gastos derivados de luz y sunministros van a cuenta del inquilino...

¿Cómo puedo ejecutar el hecho de echarle?

No se si en el contrato tendrás algún punto que indique que la falta de pago de alquiler o de alguno de los gastos derivados del alquiler facultará al propietario para iniciar las acciones legales oportunas.

Mi consejo es que si quieres echarle, tienes esta cantidad que te debe, yo acudiría a un abogado para que te aconseje, te dirá que a priori envíes un requerimiento de pago vía burofax por la cantidad adeudada, tiene tu inquilino, desde la recepción, 30 días hábiles para regularizar los pagos, pasado ese periodo, siempre con tu abogado, podrás iniciar las acciones de reclamación de deuda, rescisión de contrato por impago y lanzamiento. Pero reitero, la figura del abogado es importante, te va a hacer falta antes o después.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas