Alquiler a familiares de primer grado

Voy a ceder un piso a un familiar de primer grado (padres).

La duda que tengo es si haría falta hacer un contrato de alquiler y el importe mínimo.

¿Se podrían desgravar las rentas por ser jubilados mayores de 70 años?

2 respuestas

Respuesta
1

Documentar por escrito un alquiler de vivienda no es obligatorio, -art. 37 de la LAU- pero no es recomendable que ese contrato sea solamente verbal.

Teniendo en cuenta que la deducción por alquiler de vivienda ha desaparecido en el ámbito estatal, habría que saber si en su Comunidad Autónoma existe esa posibilidad.

Gracias por la rapidez. Me refería más bien a si se tiene que hacer un contrato de alquiler incluso siendo familiares, o bien debido a esta circunstancia no sería necesario y podría considerarse otra fórmula.... Quizás una cesión?

Gracias,de nuevo

No es obligatorio pero es más que conveniente

Respuesta

En su caso concreto además del arrendamiento podría plantearse la opción de realizar un contrato de comodato o de precario. Por ello le sugiero que contacte con un profesional que le asesorará sobre los pros y contras de cada contrato.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas