¿Número de baños en alquiler de habitaciones?

He alquilado una habitación en un piso de 4 habitaciones. Sin embargo, solo vivimos 3 personas (una habitación está vacia) porque la casera nos dice que el número máximo de habitaciones que se puede poner en alquiler es de 3 por cada 1 baño, como es nuestro caso.

El contrato está asociado a un plan del ayuntamiento.

Mi pregunta es: ¿Este límite de 3 habitaciones por baño es porque la ley de arrendamientos es así o porque será una condición de ese plan del ayuntamiento? ¿Se puede poner en alquiler 4 habitaciones teniendo el piso 1 baño?

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La Ley de Arrendamientos urbanos no contempla el número de baños que deben existir en una vivienda.

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