Obligatoriedad del Seguro de Jubilación
Les agradeceríamos nos indicaran si existe, según el Art. 28º del Convenio de Oficinas y Despachos, la obligatoriedad por parte de la empresa de contratar el seguro de jubilación anticipada. Nuestra Asesoría afirma que puede haber sanción económica caso de no contratarlo. Sin embargo, en el convenio solo cita que los trabajadores percibirán una gratificación igual a 4 mensualidades.
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Respuesta de parrondo
Respuesta de Brokadiz Correduria de seguros
Respuesta de Carballada Ag. Seguros